¡Derogación de la reforma laboral ya! ¡Hay que movilizar a los trabajadores para conseguirlo!

Las manifestaciones del 1 de mayo tuvieron como lema más importante la derogación de la reforma laboral que, vigente desde 2012, sigue precarizando y dificultando la vida, condenando a la supervivencia y a la pobreza a millones de trabajadores, con mayor intensidad a mujeres y jóvenes.


FUENTE ORIGINAL

Estas manifestaciones expresaron el malestar de los trabajadores por el incumplimiento, después de año y medio de gobierno de izquierdas, de una de las promesas centrales que auparon al poder al gobierno de coalición. Los sindicatos en sus declaraciones públicas exigieron la revocación de la reforma laboral del PP, hasta ahora intacta, la de pensiones y la subida del SMI.

Las exigencias de Bruselas

La negociación de la reforma laboral, actualmente en la mesa de Diálogo Social, está vinculada a la llegada de los fondos procedentes de Bruselas, “la llegada de los fondos depende de las reformas” dice la ministra. Sin embargo, la Comisión Europea da por buena la reforma laboral del PP y exige que “cualquier nueva medida para dar marcha atrás en la legislación actual” solo se adoptará “tras haber evaluado de forma cuidadosa su potencial impacto y mantener los logros de las pasadas reformas”. Los “logros” de las reformas del PP han sido muy importantes para los empresarios que se han enriquecido a costa de la explotación que permite la legislación y ese es el factor decisivo que valora la Unión Europea para exigir el mantenimiento de la legislación intacto.

El Plan de Recuperación de la UE condiciona la entrega de los recursos económicos al compromiso del gobierno de llevar adelante reformas en el mercado de trabajo y de pensiones. Los representantes de la comisión están muy preocupados por si la presión social pudiera hacer ceder al gobierno y revocar en todo o en parte las reformas laborales y de pensiones. La vinculación de los fondos europeos a la exigencia de reformas suponen un gran condicionante dada la situación de crisis y marcan la trayectoria de esas reformas, que al margen de algunos cambios posibles, tienen muchas posibilidades de convertirse en una nueva vuelta de tuerca a los derechos laborales y sociales de los trabajadores, manteniendo lo sustancial de la legislación actual que ha llevado a la devaluación de los salarios y a generalizar la precariedad con el objetivo de mantener los beneficios empresariales. Sólo una gran movilización social logrará alterar los planes de los burócratas de Bruselas y forzará al gobierno a cumplir lo prometido en las elecciones.

Divergencias en el Gobierno. Diálogo Social

En el propio seno del gobierno de coalición, que acordó en su programa derogar la reforma laboral y elevar el SMI al 60% del salario medio como obliga la Carta Social Europea firmada por el Estado español, hay una discrepancia total entre los ministros de Economía Calviño y Escrivá de Seguridad Social, que rechazan derogar las reformas y pretenden dejar la legislación tal como está en la actualidad, y la ministra de Trabajo Yolanda Díaz que pretende que sea parcial.

De la promesa inicial de la derogación total de la Reforma Laboral se pasó a la derogación de los “aspectos más lesivos”, como si los menos lesivos no merecieran derogarse, y ahora ha desaparecido finalmente del lenguaje del gobierno la palabra derogación.

Hay otro elemento a considerar, la insistencia de la ministra de Trabajo en acordar la reforma a través del diálogo social entre empresarios y sindicatos. Es una misión imposible, dados los beneficios que obtiene la patronal con la reforma laboral, el débil capitalismo de este país necesita legalizar la explotación. Por ejemplo, según el INE, hubo una congelación de los salarios entre el 2008 y 2019, consecuencia directa de la reforma laboral. El Dialogo Social no lo puede resolver, porque los intereses de empresarios y trabajadores son opuestos; la patronal no va a renunciar a las ventajas que la legislación le concede. Pensar que se puede de forma educada pedir al tigre que coma alfalfa refleja o desconocimiento del carácter antisocial de la patronal de este país, y/o miedo a ejecutar los compromisos electorales hechos a sus votantes por los que fueron aupados al gobierno.

La reforma laboral del PP se impuso por la fuerza, el gobierno la aprobó de forma unilateral por decreto ley, la patronal que de hecho había estado negociando con los sindicatos hasta una semana antes del decreto, no protestó. Así nació la reforma laboral “más agresiva” según De Guindos, que desequilibró totalmente las relaciones laborales a favor de los intereses empresariales. De la misma forma, con determinación, el gobierno sostenido por una mayoría social debe derogarla.

Recordemos los artículos más perjudiciales de la reforma. Aporto un resumen de las consideraciones que hace Antonio González de “Economistas frente a la Crisis” sobre los aspectos más relevantes y dañinos de la reforma del 2012, que me parece clarificador.

Reforma laboral 2012

Articulo 41 Estatuto de los Trabajadores que regula las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Esta herramienta legal combina dos elementos, por un lado la capacidad otorgada al empresario para empeorar las condiciones laborales y salariales, por ejemplo, reducir los salarios, ampliar la jornada laboral, cambiar horarios, establecer trabajo a turnos, sistemas de rendimiento etc., que tengan los trabajadores recogidos por convenio o/y contrato de trabajo etc. La única justificación legal exigida es una generalidad del tipo: “si sirven a la mayor competitividad y productividad de la empresa”.

Pero, pensemos, ¿habrá alguna medida que no esté relacionada con esa exigencia legal? Por tanto, todo cambio, toda modificación de las condiciones de trabajo está al alcance del empresario que puede hacerlo de forma totalmente unilateral. Además estas medidas de recorte de derechos y salarios se puede hacer por imposición, sin negociación con la representación de los trabajadores como era obligatorio hasta la reforma y sin que sirva de nada acudir al juez para que se justifique si hay razones o no para la modificación, dado los poderes que la ley otorga al empresario para realizarlas.

Un colectivo de juristas cuando se promulgó la reforma afirmó que supone una “dictadura del empresario”. En definitiva, el artículo 41 del E.T. establece el imperio de la voluntad empresarial y resulta el instrumento mejor ideado para hacer imparable el deterioro de las retribuciones salariales y condiciones de trabajo.

Articulo 82.3 E.T. que recoge la capacidad de descuelgue y por lo tanto la capacidad de incumplir el convenio por parte de la empresa.

Articulo 86 E.T. que habla de la supresión de convenio a los 12 meses de su término si no se ha llegado a un acuerdo para su renovación, (ultraactividad de los convenios). Anteriormente, el convenio se prorrogaba si no había acuerdo, y por lo tanto seguían vigentes los salarios, jornadas, etc. hasta su renovación. Desde la reforma del 2012, si el empresario no negocia, y hay muchos que no lo hacen, basta ver el número decreciente de convenios firmados, el convenio pierde su vigencia y se extingue. El problema que se originó fue tan grande que el Tribunal Supremo tuvo que reconocer las condiciones de trabajo del convenio como incorporadas al contrato de trabajo. Pero las nuevas contrataciones tendrán condiciones distintas de trabajo al haber caducado el convenio.

Articulo 84.2 del ET. Prioridad de aplicación del convenio de empresa sobre los convenios sectoriales. Es una forma más de aumentar el poder empresarial frente a los trabajadores. Hay que tener en cuenta el tipo de empresa mayoritario de este país, la microempresa, y la capacidad del empresario para imponer en ese marco un convenio con condiciones de trabajo inferiores a los convenios sectoriales, que hasta la reforma eran las condiciones mínimas de obligado cumplimiento para los trabajadores del sector. Los convenios sectoriales han sido y son convenios de mínimos, generalmente muy básicos. Incluso estos convenios son excesivos para la patronal y la reforma permite que el convenio de empresa se imponga aunque sus condiciones sean inferiores al sectorial. Esa ha sido la vía elegida sobre todo en la subcontratación para constituir empresas multiservicios, en sectores como Seguridad, Hostelería, etc. con condiciones salariales y laborales inferiores a los convenios sectoriales compitiendo entre sí en base a rebajar los salarios y condiciones de trabajo.

Modificaciones establecidas para facilitar el despido: La supresión de la autorización administrativa en los despidos colectivos. Hasta la reforma del 2012 la Administración Laboral supervisaba los ERES. Ahora es la decisión unilateral del empresario la que despide a los trabajadores como ha ocurrido en Aernnova, Tubacex, Alestis etc.

La reducción de las indemnizaciones por despido improcedente: Hasta 2012 la falta de pruebas para el despido exigían una reparación económica por parte del empresario que se ha reducido drásticamente. La reforma del 2012 redujo un 27% la indemnización en cuanto al módulo anual de cálculo y un 43% respecto a su cuantía máxima.

La falta de justificación para el despido por causas objetivas, un mero descenso de ingresos o ventas. son causa suficiente para despidos individuales o colectivos.

Este es un escueto muestrario de la letalidad de la reforma del 2012 que pone de manifiesto la necesidad de su derogación.

Qué se ha enviado a Bruselas por parte del gobierno

De lo que se ha enviado a Bruselas sabemos lo que se ha hecho público, que entraña una buena dosis de ambigüedad y falta de concreción sobre las medidas a tomar. Lo que sí conocemos con precisión son las reiteradas declaraciones de Calviño y Escrivá sobre el mantenimiento de las reformas tanto laborales como de pensiones y sus propuestas para establecer nuevos recortes de derechos.

Los aspectos más importantes de lo enviado son reformas en la contratación, con el objetivo de acabar con el abuso generalizado por parte de las empresas de la contratación temporal y a tiempo parcial. Se trata, según la ministra de trabajo, de fijar tres tipos de contratos: el fijo, el eventual, para el que se exigirían unas condiciones de causalidad más rigurosas, y el de prácticas-formación. Es un objetivo muy loable, pero la eventualidad fraudulenta y abusiva ha sido una práctica empresarial generalizada, tolerada por los sucesivos gobiernos desde los años 80, que solo ha disminuido drásticamente en periodos de crisis cuando las empresas despiden.

Otro de los asuntos recogidos es el uso de los ERTE como un instrumento permanente que permitirá a las empresas enviar a los trabajadores al desempleo cuando se den circunstancias de crisis. La ministra ha descartado incrementar las cotizaciones a las empresas para financiarlo. El INEM pagará los salarios de los trabajadores (70% de la base de cotización), sin control ni supervisión de la autoridad laboral.

Respecto a la negociación colectiva, el gobierno abordará aspectos como la ultraactividad de los convenios o sea su vigencia después de la fecha de caducidad, que como hemos dicho fue eliminada por la reforma del PP y que ha supuesto un empobrecimiento de los convenios colectivos. También se modificará según la ministra de trabajo, el artículo 84.2 del ET en el sentido de priorizar los convenios sectoriales, sólo en los salarios y complementos, no en los demás aspectos en los que será de aplicación el de empresa.

También según la ministra: “se activarán mecanismos de consulta y negociación en los supuestos de modificación sustancial de condiciones de trabajo.” Con ello se trata de reducir el poder dictatorial que la reforma del PP dio a los empresarios, un poder omnímodo sobre salarios, jornada, traslados, turnos etc.

Otro asunto a tratar es la subcontratación, otro de los instrumentos utilizados intensamente por la patronal para elevar el nivel de explotación y abaratar el costo del trabajo, aparte de segregar a los trabajadores de las empresas matrices de los de las subcontratas. Las camareras de piso, las Kellys, son un ejemplo de hasta donde ha llegado la explotación legalizada. Una sentencia del Tribunal Supremo, negando la legalidad de los contratos de obra para una empresa cuya actividad es la subcontratación y exigiendo su reconocimiento como indefinidos, ha exigido al Gobierno la adaptación de la legislación a la sentencia.

La movilización social, la vía para conseguir la derogación

Estas reformas son las que se han enviado a Bruselas y que en estos momentos están en la mesa de Diálogo Social entre la CEOE y los Sindicatos UGT y CCOO y el Gobierno de PSOE y UP. “Es lamentable y erróneo por parte de estas direcciones sindicales que se estén tratando asuntos cruciales para la vida de millones de trabajadores con una opacidad total. El que no hagan público nada solo tiene una explicación y es que las propuestas del gobierno que se debaten son muy regresivas y tienen miedo de que se levante un clamor y una protesta social de envergadura”, afirma cargado de experiencia Jon Fano, antiguo sindicalista y destacado activista del Movimiento Pensionista vasco.

La experiencia del Dialogo Social siempre ha sido estéril y ha condenado a los trabajadores a la regresión en sus condiciones salariales y sociales. Se impone en estos momentos la exigencia al gobierno, a través de la información y la movilización de los trabajadores, de la necesidad de acabar con estas leyes regresivas. No hay otra alternativa, la negociación en el diálogo social es una vía muerta, ventajosa para la patronal, que mantiene un statu-quo que le favorece y manifiesta además la cobardía de este gobierno para enfrentarse a los poderosos y cumplir sus compromisos electorales. Solo la lucha forzará al gobierno a derogar la legislación regresiva y mejorar los derechos sociales, un gobierno donde no olvidemos el IBEX está bien representado.

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